Con efectos desde el 1 de septiembre
de 2012 se incorporan las siguientes modificaciones en la Ley
37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto
sobre el Valor Añadido (LIVA):
Concepto de entrega de bienes: ejecución de obra
El artículo 23.Uno de este Real Decreto-ley
modifica la calificación de “entrega de bienes” de una ejecución de obra que
tenga por objeto la construcción o rehabilitación de una edificación, elevando
del 33 por ciento al 40 por ciento el
porcentaje que debe suponer el coste de los materiales aportados por el
empresario (artículo 8.Dos.1º LIVA).
Este
porcentaje se incorpora al artículo 91.Uno.2.10º LIVA relativo a la aplicación
del tipo reducido en ejecuciones de obra de renovación y reparación de
viviendas.
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