5. ¿Cuándo se considera que los
propietarios de suelo adquieren la condición de empresario o profesional
(cuando no tuvieran previamente tal condición) como urbanizadores?
Desde el momento en que
comiencen a serles imputados los correspondientes costes de urbanización en
forma de derramas, siempre que abonen las mismas con la intención de afectar el
suelo resultante de la reparcelación a una actividad empresarial o profesional.
6. En relación con la nueva letra f) del
artículo 84. Uno. 2º IVA introducido por la Ley 7/2012, ¿qué debemos entender por urbanización de terrenos?
Se excluyen aquellos estadios previos como estudios o trámites administrativos.
7.-(ver más...)
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