3. ¿Cómo se documentan las operaciones
realizadas entre promotor y contratista en las que se produce la inversión de
sujeto pasivo?
El contratista emitirá
factura sin IVA, debiendo hacer constar en la misma que el sujeto pasivo del
impuesto es el destinatario de la operación o, a partir del 1 de enero de 2013,
la mención “inversión del
sujeto pasivo”.
El
promotor no tendrá que emitir factura alguna. Al recibir la factura del
contratista, incluirá en su declaración el IVA devengado y soportado de la
operación.
4. En el caso de autopromoción de una vivienda
por un particular, ¿se produce inversión del sujeto pasivo en el contrato
formalizado entre el contratista y el particular? Si el contratista subcontrata
ejecuciones de obra con otras empresas, por ejemplo, fontanería, albañilería,
pintura, etc. ¿se produce inversión del sujeto pasivo en los contratos
formalizados entre el contratista principal y los subcontratistas?
En los contratos formalizados entre el contratista principal y los subcontratistas sí se producirá la inversión del sujeto pasivo.
5.-(Ver más....)
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