viernes, 6 de marzo de 2015

VARIACIÓN SALARIAL MEDIA 2014




VARIACION SALARIAL MEDIA 2014

Según los datos provisionales que recoge la Estadística de Convenios Colectivos publicada este viernes por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, la variación salarial media pactada para el año 2014 y calculada con la información disponible al final de octubre es del 0,57%. En los convenios de empresa, dicha variación se sitúa en el 0,45%, mientras que para los convenios de ámbito superior asciende al 0,58%.
Resultado de imagen de VARIACION SALARIAL MEDIA AÑO 2014La jornada media pactada para el total de los convenios se sitúa en 1.756,29 horas al año por trabajador. Para los convenios de empresa es de 1.707,26 horas, mientras que para los de los convenios de ámbito superior a la empresa asciende hasta las 1.759,91 horas.
Inaplicaciones de convenios
En los diez primeros meses de 2014 se han depositado en los registros de las distintas Autoridades Laborales un total de 1.825 inaplicaciones de convenios, que afectan a 58.305 trabajadores

RETENCIONES 2015/2016



RETENCIONES 2015/2016
CONCEPTO
2015
2016
Retención profesionales con rendimiento inferior a 15.000 euros
15 %
15%
Retención profesionales (general)
19 %
18 %
Retención a administradores de entidades de menor tamaño (cifra de negocios inferior a 100.000 euros)
20 %
19 %
Retención administradores (general)
37 %
35 %
Rentas del ahorro
20 %
19 %
Retención contribuyentes que inicien el ejercicio de actividades profesionales en el período impositivo de inicio de actividades y en los dos siguientes, siempre y cuando no hubieran ejercido actividad profesional alguna en el año anterior a la fecha de inicio de las actividades.
9%
9%

-Los arrendamientos: el 20 % para el año 2015 y el 19 % para el 2016.


viernes, 5 de diciembre de 2014




INCENTIVO A LA CONTRATACIÓN DE JÓVENES MENORES DE 30 AÑOS

 La Reforma Laboral (Real Decreto Ley 03/2012, de 10 de febrero) pretende, , incentivar la contratación de jóvenes menores de 30 años.

Contrato de Formación y Aprendizaje, la edad de contratación hasta los 29 años y se aplican reducciones del 100% en las cuotas de la seguridad social, por tanto, las empresas se ahorran el 100% de los seguros sociales, o en algunos casos pagan una cuota fija de sólo 97,49 € al mes.

Características de los Contratos de Formación y Aprendizaje de la nueva reforma.

¿Qué requisitos debe cumplir el empleado para formalizar un contrato en formación?

- Debe ser mayor de 16 años y menor de 30 (Hasta que la tasa de desempleo del
país se sitúe por debajo del 15 %).
- Carecer de titulación específica para el puesto que va a desempeñar.

jueves, 16 de octubre de 2014



CONSEJO
IMPORTANTE¡ convertir nuestras empresas en una auténtica bomba de proyectos de innovación. El fin de la estrategia”, para que “una empresa desarrolle capacidades de innovación, deberá gestionar cinco subprocesos:
      a. Creación de nuevas ideas
  1. Desarrollo de productos
  2. Innovación en procesos
  3. Innovación comercial
  4. Gestión tecnológica”.
Estas ideas son trasladables a cualquier empresa de servicio o actividad  profesional, la única diferencia es que en vez de fabricar productos se fabricaran servicios o soluciones a medida.


OBLIGATORIEDAD DEL DEPOSITO DE CUENTAS EN EL REGISTRO MERCANTIL
RDL1/2010 por el que se aprueba el texto refundido de la LSC
Las sociedades mercantiles de capital tienen la obligación de depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil, dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales.
Si alguno o varios documentos que integran las cuentas anuales se hubieran formulado en forma abreviada , se hará constar así en la certificación.
El incumplimiento por el órgano de administración de la obligación de depositar, dentro del plazo establecido, dará lugar a la imposición a la sociedad de una multa por importe de 1.200 a 60.000 euros por el ICAC.


¿Qué es una SICAV?
SICAV (sociedad de inversión de capital variable)

Definidas el el art. 6.1 del RD 1082/2012 Reglamento por el que se desarrolla la Ley 35/2003, de intituciones de inversión colectiva
Definición a nivel español: “las sociedades de inversión son aquellas Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) que adoptan la forma de sociedad anónima y cuyo objeto social es la captación de fondos, bienes o derechos del público papra gestionarlos e invertirlos en bienes, derecho y otros instrumentos, financieros o no, siempre que el rendimiento del inversor se establerzca en función de los resultados colectivos.

Otras características:
El número mínimo de accionistas debe ser de 100.
 
El capital social debe ser como mínimo de 2.400.000 euros

Gestión propia o delegada a una gestora

Su autorización y registro corresponde a la CNMV